Quienes estén registrados como mensuales, deberán comenzar a percibir su remuneración por medios electrónicos mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico en la institución elegida por el trabajador.
De momento, los jornaleros no están comprendidos, sino recién a partir enero del próximo año. Los empleadores jubilados o pensionistas a 31 de diciembre del año pasado, quedan exentos de pagar mediante la nueva modalidad.
También desde ayer rige la prohibición de pagar en efectivo inmuebles o vehículos que superen los 40 mil unidades indexadas, lo que equivale a unos 5 mil dólares.
Deberán de emplearse letras de cambio cruzadas, cheques comunes o diferidos, cruzados y con la cláusula de “no a la orden”, admitiéndose el uso de cheques diferidos sin la cláusula de “no a a la orden” hasta el 31 de diciembre.